CUENTA DE INVERSIÓN 2020. ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)
Cuenta de Inversión
ALCANCE
El examen fue realizado de conformidad con las Normas de Control Externo Gubernamental (NCEG) aprobadas por la AGN mediante Resoluciones 26/15 y 185/16, dictadas en virtud de las facultades conferidas por la Ley 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, artículo 119, inciso d), y teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la Planificación de la Auditoría de la Cuenta de Inversión para la ejecución de los procedimientos de auditoría necesarios que posibiliten la emisión de un informe final a la Gerencia de Control de la Cuenta de Inversión (GCCI), como coordinadora de las tareas que en forma descentralizada se formularan, según detalle obrante en Anexo 3.
El alcance de las tareas realizadas se ha visto limitado por las circunstancias descriptas en 4.1.a) I., 4.1.c), 4.2.a) a f), 4.2.h) a j), 4.2.l) y m). Tales cuestiones no nos permitieron aplicar la totalidad de los procedimientos planificados oportunamente vinculados principalmente con los procesos de rendición y/o imputación de gastos y su contrapartida en el pasivo, los inventarios de bienes muebles y de consumo, las contingencias por juicios, y la evaluación de la información expuesta en los “Cuadros de Recaudación, Notas y Anexos al 31/12/2020” y la constatación de su correspondencia con la información exhibida en los Cuadros individualizados en 1.4.
Nuestra responsabilidad consiste en emitir informe respecto de los objetivos detallados en el apartado 1. basado en nuestra auditoría. Hemos llevado a cabo nuestro trabajo de conformidad con las referidas normas, las que exigen que cumplamos requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que la información sujeta a revisión se encuentra libre de incorrecciones significativas.
Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentada por la entidad auditada. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en la información elaborada por la AFIP individualizada en el apartado 1. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la entidad, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección de la entidad, así como la evaluación de su presentación en conjunto.
La tarea realizada incluyó la revisión de los datos procesados por los sistemas computadorizados existentes en el ámbito de la AFIP, lo que no constituyó un control especial sobre el correcto funcionamiento de dichos sistemas, en cuanto a los programas de computación diseñados, los elementos de control que ellos incluyen, la lógica de los lenguajes y la configuración de los equipos empleados.
Las tareas inherentes al trabajo de campo de EECC correspondientes al objetivo 1.1. se ejecutaron entre el 24/10/2022 y el 27/10/2023, mientras que las vinculadas a los objetivos 1.2., 1.3. y 1.4. se desarrollaron entre el 1/11/2021 y el 31/08/2022, y entre el 16/05/23 y el 03/11/2023.
Organismo auditado: ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)
Número de Resolución:
55
Año:
2025
Período auditado:
01-01-2020 - 31-12-2020
Tipo de control:
Cuenta de Inversión
Número de actuación:
376/2021
El informe fue aprobado en la sesión de Colegio de Auditores del 27/03/2025